Legal
En cumplimiento con la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico de España, así como con todas las demás normativas que rigen las entidades jurídicas, informamos lo siguiente:
• KYMOS GROUP, S.L., con CIF nº B70843693, fue constituida el 6 de marzo de 2024 mediante escritura pública emitida por el notario Javier García Ruíz, bajo el número de protocolo 708, y fue inscrita el 16 de abril de 2024 en el Registro Mercantil de Barcelona, España, bajo el tomo 49237, folio 203, hoja B-612804, inscripción 1. La empresa tiene su domicilio social en Ronda Can Fatjó 5, Edificio D, 08290 Cerdanyola del Vallès, Barcelona, España. Si necesita contactarnos, puede enviarnos una comunicación por escrito a nuestra dirección registrada, llamar al teléfono +34 935 481 848, enviar un fax al +34 931 702 999 o por correo electrónico a legal@kymos.com.
• KYMOS, S.L.U. es una empresa completamente propiedad de KYMOS GROUP, S.L., con CIF nº ESB62170337, constituida el 27 de enero de 2000 mediante escritura pública emitida por el notario Xavier Roca Ferrer, bajo el número de protocolo 260, y fue inscrita el 16 de febrero de 2000 en el Registro Mercantil de Barcelona, España, bajo el tomo 32286, folio 58, hoja B-205499, inscripción 1. La empresa tiene su domicilio social en Ronda Can Fatjó 5, Edificio D, 08290 Cerdanyola del Vallès, Barcelona, España. Si necesita contactarnos, puede enviarnos una comunicación por escrito a nuestra dirección registrada, llamar al teléfono +34 935 481 848, enviar un fax al +34 931 702 999 o por correo electrónico a legal@kymos.com.
• PHARMAPROGRESS Srl es una empresa completamente propiedad de KYMOS GROUP, S.L., inscrita en el Registro de Empresas de Ancona, Italia, el 11 de mayo de 1999, con el número REA AN-151873 y CIF IT01564160420. La empresa tiene su domicilio social en Via Emilia Romagna 28-30-32, 60030 Monsano, Ancona, Italia. Si necesita contactarnos, puede enviarnos una comunicación por escrito a nuestra dirección registrada, llamar al teléfono +39 071 7499919 o enviar un correo electrónico a info@pharmaprogress.com o al PEC registrado laboratoriochimico@pec.pharmaprogress.com.
• PROLYTIC GmbH es una empresa completamente propiedad de KYMOS GROUP, S.L., inscrita en el Registro de Empresas de Frankfurt/Main, Alemania, con el número 56529 y CIF DE 226546121. La empresa tiene su domicilio social en Weismüllerstraße 45, 60314 Frankfurt/Main, Alemania. Si necesita contactarnos, puede enviarnos una comunicación por escrito a nuestra dirección registrada, llamar al teléfono +49 69 348723410 o enviar un correo electrónico a info@prolytic.de. Directores generales: Dr. Ron Wacker, Joan Puig de Dou.
• KYMOS S.L.U. ha constituido una Oficina de Enlace en el Servicio Nacional de Impuestos de Corea con número de registro: 903-84-01203. La Oficina de Enlace tiene su domicilio social en 37F ASEM Tower, 517 Yeongdong-Daero, Gangnam-gu, 06164 Seúl, Corea. Si necesita contactarnos, puede enviarnos una comunicación por escrito a nuestra dirección registrada, llamar al teléfono +82 02 6001 3883 o enviar un correo electrónico a legal@kymos.com.
I.- CARTA DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Desde la fundación de KYMOS, S.L. (“KYMOS” o “la Compañía”) en el año 2001 por un grupo de científicos con amplia experiencia en las áreas de investigación, desarrollo y control de calidad de la industria farmacéutica, se inició un apasionante camino que continúa a fecha de hoy creciendo día a día con nuevas personas con el mismo espíritu de innovación y superación que tuvieron sus fundadores y cuyos valores y principios éticos consisten en actuar con integridad y ser respetuosos con las personas, el entorno y la legislación vigente.
Los cambios legislativos y sociales surgidos en estos últimos años en nuestro entorno nos han llevado a impulsar la implantación de este Código de Conducta en nuestra compañía que se convierte en el instrumento normativo de mayor nivel en la estructura normativa de la empresa. Este Código de Conducta contiene los principios éticos que la empresa aplica en todos los ámbitos de su actividad y representa nuestro compromiso con el cumplimiento de las leyes y de los valores éticos que en ellas se defienden. Este Código está llamado a ser una herramienta clave para que sigamos siendo una compañía responsable, íntegra, respetuosa con la ley y los derechos humanos, transparente y atenta a cualquier práctica desleal.
Ser parte de KYMOS implica estar plenamente comprometido con los valores de este Código de Conducta que marca unos principios claros que deben guiar las actuaciones de nuestro personal.
Los accionistas, miembros del órgano de administración y empleados de KYMOS, así como sus filiales, deberán adherirse al presente Código de Conducta y asumir voluntariamente la obligación de ajustar todas sus actividades al espíritu de sus disposiciones.
Además, se solicitará a los clientes, colaboradores y proveedores de la sociedad que acepten cumplir con los principios éticos de este Código en ausencia de un Código de Conducta propio que contenga disposiciones equivalentes.
La empresa ha adoptado medidas para garantizar el estricto cumplimiento de este Código de Conducta y estaremos siempre atentos a cualquier práctica que pudiera arriesgar el compromiso de actuar de acuerdo con los principios éticos consignados en el mismo. Asimismo, solicitamos a nuestros empleados que la misma diligencia, valores y compromiso guíen sus actuaciones diarias.
En mi nombre y en el del Consejo de Administración de la compañía, quiero agradecer de antemano el compromiso de todas las personas que forman parte de KYMOS en el cumplimiento de este Código de Conducta.
Un afectuoso saludo,
Joan Puig Corcoy
Presidente del Consejo de Administración
II.- OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El objetivo de este Código de Conducta es asegurar el cumplimiento de la ley y de los valores de la compañía, evitando y rechazando la comisión de cualquier delito en beneficio de la empresa y de la sociedad en su conjunto.
Su contenido no es sólo declarativo sino vinculante para sus accionistas, su órgano de administración, sus órganos de dirección y todas las personas que forman parte de KYMOS así como para sus filiales y no pretende reemplazar o sustituir las normas legales vigentes.
Los accionistas y miembros del Consejo de Administración de KYMOS se constituyen en garantes del cumplimiento de las obligaciones de este Código de Conducta. Asimismo, los responsables de cada área de negocio de la empresa se encargarán de velar por el cumplimiento y la aplicación del mismo en sus respectivas áreas de responsabilidad.
Al iniciar su relación laboral en KYMOS o en sus cualquiera de sus filiales, todas las personas recibirán un ejemplar del Código de Conducta, que deberán leer para a continuación aceptar el contenido de sus normas.
El Código de Conducta estará asimismo publicado en la página web de la Sociedad.
Se espera de todas las personas que integran KYMOS una actuación que sea consecuente con los principios y valores del Código de Conducta. En caso de que alguna persona tenga conocimiento de que los principios del Código o de la legalidad vigente se infringen, podrá denunciarlo utilizando el Sistema Interno de Información que la empresa pone a su disposición.
III.- LOS ACCIONISTAS:
- Ejercitarán, de modo informado y responsable, sus derechos de voto en las Juntas Generales de Accionistas y, al hacerlo, exigirán siempre la actuación ética de la empresa, procurando la efectiva aplicación del Código de Conducta.
- Nombrarán como administradores a personas que reúnan las condiciones de preparación y experiencia adecuadas y que realicen un ejercicio profesional, ético y responsable de su gestión.
IV.- LOS ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS:
En el ejercicio de sus funciones de administración, dirección y gestión, deben:
- Realizar un ejercicio profesional, ético y responsable de su actividad siguiendo los valores del buen gobierno empresarial y la transparencia.
- Cumplir y hacer cumplir el Código de Conducta y para ello darlo a conocer y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación.
- Informar puntualmente y con exactitud a los accionistas de la situación y perspectivas de la empresa.
- Promover la participación efectiva de los accionistas en las Junta Generales, de modo especial mediante la facilitación del ejercicio de sus derechos de información y voto.
- Cumplir y hacer cumplir las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados y establecer los sistemas internos y externos de control y gestión del riesgo adecuados a las características de la empresa.
- Mantener los libros y registros de la empresa con exactitud y honestidad, de modo que permitan la obtención de información y la toma de decisiones de forma consciente y responsable.
- Facilitar a los auditores de la empresa toda la información y explicaciones que requieran para la realización de su trabajo.
V.- RESPETO A LA LEGALIDAD VIGENTE Y A LA NORMATIVA SECTORIAL
- KYMOS no acepta ninguna actuación que no respete estrictamente la ley, cualquiera que sea la finalidad que persiga. Las sociedades y los empleados de KYMOS deben actuar siempre en un marco de legalidad, respetando estrictamente y sin excepción la normativa vigente.
- La sociedad cumplirá los más elevados estándares de seguridad y de eficacia y garantizará la calidad y seguridad en su actividad de negocio, siempre de acuerdo con las Normas de Correcta Fabricación “Good Manufacturing Practices” (“GMP”), las Normas de Buena Práctica Clínica “Good Clinical Practices” (“GCP”) y las buenas Prácticas de Laboratorio “Good Laboratory Practices” (“GLP”), cuando sean aplicables.
VI.- DERECHOS UNIVERSALES DE LAS PERSONAS
- Compromiso con la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Todos los empleados, directivos y miembros del órgano de administración, deben respetar los principios establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
(ii) Compromiso con las sanciones que puedan imponer la UE, la ONU y otros países occidentales a países, compañías y personas que provoquen una guerra o lleven a cabo una invasión militar:
Kymos se compromete a aplicar en su sector de negocio las sanciones que se impongan a dichos países invasores por los países y Organismos citados
VII.- DERECHOS LABORALES. POLÍTICA DE IGUALDAD. NO DISCRIMINACIÓN. POLITICA DE PREVENCIÓN DE ACOSO SEXUAL.
- La Sociedad apoya los principios de la Organización Internacional del Trabajo y defiende la protección de los derechos de los trabajadores y el respeto a la dignidad humana. Toda persona tiene el derecho a desarrollar su trabajo en libertad y de forma voluntaria. KYMOS rechaza plenamente el trabajo forzoso o mediante coacción, cualquier forma de esclavismo o el trabajo infantil y no contrata con empresas que incumplan estas obligaciones.
- Todos sus integrantes se comprometen a ofrecer un trato digno a todas las personas, tanto en el ámbito interno como externo y se comprometen a exigir a sus clientes y proveedores que sus actuaciones estén regidas por los mismos principios y valores aquí enumerados.
- KYMOS respeta los derechos individuales de las personas y propugna un entorno de trabajo positivo e incluyente, exento de cualquier tipo de intimidación y acoso y tiene el compromiso de fomentar la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos.
- Está prohibido el abuso de autoridad para ejercitar presiones indebidas, amenazas o dominio sobre un compañero o miembro de la plantilla. En las relaciones con los compañeros, los empleados deben mostrarse receptivos, honestos y corteses entre ellos y tratarse con respeto.
- No se admitirá ningún tipo de discriminación contra una persona por razón de su edad, ideología, origen nacional o social, posición económica, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, idioma, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.
- Se respetará la libertad sindical, el derecho de huelga y se velará para que no se produzca acoso laboral.
- Se evitará cualquier acto hostil o humillante contra cualquier persona.
- KYMOS se compromete a proporcionar un entorno seguro a todos sus trabajadores y trabajadoras, libre de discriminación de cualquier tipo y libre de acoso en el trabajo, incluido el acoso sexual. KYMOS aplicará una política de tolerancia cero para cualquier forma de acoso sexual en el puesto de trabajo, gestionará todos los incidentes con seriedad e investigará de inmediato todas las acusaciones de acoso sexual. Para ello, la compañía cuenta con una Política de Prevención de Acoso Sexual puesta a disposición de los trabajadores.
- Si un empleado es conocedor de algún comportamiento o actuación que no respete los principios anteriormente enumerados u otros equiparables con los mismos, lo comunicará inmediatamente para que la sociedad pueda actuar y erradicar esos comportamientos inaceptables.
VIII.- HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO:
- La seguridad en el trabajo es una prioridad para KYMOS, que respeta y cumple la normativa vigente en todo momento de prevención de riesgos laborales.
- Se pide a los empleados que cumplan con las normas de protección y seguridad, velando por su propia seguridad y que exijan la utilización de los medios de prevención a sus subordinados.
- La sociedad tiene como uno de sus objetivos principales garantizar la higiene, la seguridad y la salud de sus empleados, especialmente en sus instalaciones industriales.
IX.- CONFLICTOS DE INTERÉS.
Existe un conflicto de interés cuando los intereses privados de los empleados, directivos o administradores no están alineados con los de la compañía, interfieren con sus obligaciones o les llevan a actuar por motivaciones distintas al cumplimiento de las responsabilidades que tienen asignadas con la compañía. En toda decisión, los empleados, directivos o administradores, están obligados a actuar en beneficio de la empresa y no en atención a intereses particulares, absteniéndose de realizar cualquier operación o decisión cuando se encuentren en una situación de conflicto de intereses.
- UTILIZACION DE LOS BIENES DE LA COMPAÑÍA
La compañía facilita a sus empleados los bienes necesarios para que desempeñen sus funciones adecuadamente, pero nunca deben los empleados utilizar dichos bienes de un modo inapropiado o ilegítimo para lograr un beneficio para sí mismos o para la compañía.
Asimismo, los equipos y sistemas informáticos deben utilizarse exclusivamente para el desarrollo de la actividad laboral, salvo autorización expresa de la compañía.
XI.- LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Para KYMOS, la responsabilidad social, la salud y la seguridad y la protección del medio ambiente son prioridades de primer orden. La protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible forman parte del compromiso de KYMOS y la compañía se compromete a dirigir su negocio respetando y protegiendo su entorno medioambiental y crecer de manera sostenible.
XII.- ORDEN URBANÍSTICO:
La empresa basará su política urbanística en el respeto de la ley y del orden urbanístico.
XIII.- CLIENTES, PROVEEDORES Y COMPETIDORES:
- Se tratará a todos los clientes de igual manera ética y profesional independientemente del tamaño de su compañía.
- KYMOS escogerá a sus proveedores considerando razones objetivas en cuanto a la calidad de su producto o servicio, precio, reputación y su desempeño ambiental y social. Todos los empleados de la compañía se esforzarán en mantener relaciones cordiales y profesionales con los proveedores.
- KYMOS basa su actuación en el mercado en los principios de libre competencia e igualdad de oportunidades, promueve la buena fe contractual, y descarta adoptar acuerdos ilícitos o realizar cualquier actuación orientada a conseguir un beneficio, aprovechamiento o ventaja desleal o ilegítimo frente a los clientes, proveedores, competidores y demás actores del mercado.
- En relación a los competidores, se rechaza todo acuerdo que pueda restringir la libre competencia y aquellas prácticas comerciales que no respeten el marco regulatorio vigente.
- No se denigrarán a los competidores ni se describirán de manera engañosa o injusta ni se desacreditarán sus productos o su imagen.
XIV.- ACTIVIDADES POLITICAS
La política de la empresa es no efectuar contribuciones a partidos políticos.
XV.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
- La difusión a terceros de Información Confidencial, secretos empresariales o de know how de la empresa o de proveedores o clientes de la misma, ya sea intencionada o accidental, puede afectar gravemente a la competitividad de KYMOS o a la de sus clientes y proveedores y puede vulnerar los acuerdos de confidencialidad suscritos con ellos.
- Es esencial que todos los empleados de KYMOS respeten los acuerdos de confidencialidad suscritos y examinen con atención cualquier situación en la que se pretenda difundir informaciones al exterior de la Sociedad o de sus proveedores o clientes. Los empleados respetarán las normas de conservación y destrucción de documentos y las normas de seguridad informática.
- Nunca se podrá revelar información sensible a un tercero y en especial relacionada con clientes, sin consultar con la Dirección. Por otra parte, deberá notificarse a la Dirección cualquier indicio de vulneración de la confidencialidad.
- Cualquier empleado o colaborador de la empresa deberá informar con carácter previo a la Dirección General en caso de pretender difundir o dar a conocer alguna información o dato de la empresa mediante la publicación de un artículo, mediante la realización de un curso de docencia o por otras vías.
- No se podrán hacer y/o difundir fotografías del interior de la Empresa sin aprobación expresa de la Dirección.
XVI.- PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN:
- KYMOS y sus directivos y empleados nunca utilizarán sus relaciones personales o medios económicos para influir en las decisiones de un cargo público o de una empresa privada.
- KYMOS basa sus relaciones con el sector público y el sector privado, nacional e internacional, en los principios de transparencia e igualdad de oportunidades, descartando cualquier actuación ilícita que busque conseguir una ventaja frente a terceros.
- Está totalmente prohibido ofrecer ni realizar pagos, favores, regalos o prerrogativas, recompensas, o gratificaciones con la capacidad de incidir en las decisiones de, entre otros, funcionarios de la Administración Pública, profesionales, proveedores, clientes, fundaciones o gremios, entre otros, sean personas jurídicas o naturales, con el propósito de obtener o mantener algún beneficio y/o asegurar un provecho injustificado.
- Los empleados están obligados a prestar atención a posibles situaciones de incumplimiento en materia de corrupción, tanto con origen en la empresa como en los clientes o proveedores, y comunicar dichos incumplimientos a través del Sistema Interno de Información.
- Los empleados no podrán exigir o aceptar tratos de ventaja alguna de terceras personas o instituciones.
- La aceptación de regalos por parte de los empleados sólo se permite si tienen un valor económico insignificante, responden a una atención comercial usual y no infringen normativa alguna. Ningún regalo, favor o entretenimiento se debe ofrecer o aceptar si ello condiciona o parece que condiciona al receptor del mismo. Ante el ofrecimiento de cualquier regalo cuyo valor supere aproximadamente los 50 euros deberá solicitarse autorización a la Dirección o si ya se ha recibido, deberá ponerse en conocimiento para la decisión que proceda.
XVII.- OPERACIONES FINANCIERAS:
- Cualquier operación o transacción que se realice en la compañía debe estar relacionada con el objeto social de la misma y estar debidamente autorizada, documentada y registrada, debiendo existir una proporción equilibrada entre la cantidad económica desembolsada y el servicio recibido o producto adquirido.
- La información económico-financiera -en especial las Cuentas Anuales- reflejarán fielmente la realidad de la situación económica, patrimonial y jurídica de la empresa y se velará por la transparencia en los negocios.
- Los empleados de KYMOS no podrán aceptar pagos en efectivo.
- Los empleados y directivos estarán atentos a cualquier sospecha de situación de blanqueo de capitales por parte de algún cliente, proveedor o colaborador de la empresa y si se produce la comunicarán de inmediato a través del Sistema Interno de Información.
XVIII.- INFORMACIÓN PRIVILEGIADA:
- El uso de información privilegiada propia o de terceros para cualquier tipo de negocio está estrictamente prohibido.
XIX.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL:
- La empresa respeta la propiedad industrial, intelectual y los derechos de autor de terceros. Por ello, no es posible utilizar materiales o bienes protegidos por los derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros. Sin la debida autorización previa y por escrito del titular no se permite la copia o la reproducción total o parcial de activos inmateriales de terceros, ni tampoco la transformación, o modificación, total o parcial, la importación o la distribución de dichos activos. Deben respetarse en todo caso los derechos de propiedad industrial e intelectual de terceros.
- Los secretos comerciales de la empresa y los de terceros deben ser protegidos.
- No deben instalarse en los equipos programas informáticos de los cuales la compañía no tenga licencia de uso o titularidad.
- Ningún empleado podrá reivindicar invenciones o solicitar el registro de patentes, marcas u otros derechos de propiedad industrial o intelectual que tengan su origen directa o indirectamente en las actividades que lleva a cabo la Empresa para sí o en beneficio de sus clientes.
XX.- SEGURIDAD INFORMÁTICA:
- Las nuevas tecnologías no pueden ser utilizadas para llevar a cabo comportamientos contrarios a la ética empresarial. En todos los niveles de la empresa se velará por el buen uso de las tecnologías de la información.
- La empresa dispone de una norma que regula el uso de los recursos tecnológicos corporativos por parte de sus usuarios internos o externos. En ella se describen los actos prohibidos por suponer un riesgo contra la seguridad de los sistemas y de los activos de información propios, de los clientes y de terceros.
- El uso de los recursos TIC de la empresa supone la aceptación de estas normas.
- Cualquier incidente de seguridad que se detecte debe ser comunicado al Responsable de Seguridad.
XXI.- DERECHO A LA INTIMIDAD Y PROTECCION DE DATOS PERSONALES:
- La compañía y los empleados deben tener en todo momento muy presente el principio fundamental del correcto uso y la protección de los datos personales de todos los integrantes de la compañía y de los terceros con los que se relacionan y deberán respetar la privacidad, confidencialidad y seguridad de la información personal a las que puedan tener acceso en virtud de sus funciones específicas. A tal efecto, tanto la compañía como los empleados deberán dar estricto cumplimiento a las normas aplicables en cada momento sobre protección de datos personales. Ningún empleado o directivo puede acceder sin estar autorizado a datos de un fichero.
- Los datos personales sólo podrán recogerse y almacenarse en la medida y durante el tiempo en que sea necesario para cumplir un fin legítimo y sólo podrán ser utilizados para la finalidad para la que fueron recogidos. La empresa contará con las respectivas políticas, mecanismos internos y autorizaciones que garanticen el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de protección de datos de carácter personal.
XXII.- POLÍTICA DE PREVENCIÓN Y CONTROL
- KYMOS dispone de una política de prevención y control destinada a evitar la comisión de delitos. Esta política se aplicará para evitar que se produzcan actos delictivos en la empresa y se velará para que se produzca una aplicación real y efectiva de la misma.
XXIII.- EL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
- De acuerdo con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la empresa ha implementado un Sistema Interno de Información para comunicar información sobre:
- Cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
- Todas las personas que integran KYMOS tienen el deber de comunicar a través del Sistema Interno de Información cualquier acción u omisión de las anteriormente relacionadas. EL Sistema Interno de Información es accesible desde la aplicación de “Bizneo” y en la web de Kymos: kymos.com.
- A través del Sistema Interno de Información se atenderá cualquier reclamación que a tal efecto se realice.
También pueden dirigirse por correo, indicando en el sobre el carácter confidencial de la comunicación, a la atención del Responsable del Sistema Interno de Información a:
KYMOS, S.L.
Ronda Can Fatjó 5-D,
08290 Cerdanyola del Vallés (Barcelona)
(iv) El Sistema Interno de Información garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación, y de las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de la misma, así como la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado. Asimismo, permite la presentación de comunicaciones por escrito o verbalmente, o de ambos modos.
(v) El Sistema Interno de Información cuenta con un procedimiento de gestión de las informaciones recibidas y establece las garantías para la protección de los informantes.
Las denuncias pueden ser anónimas, aunque se recomienda que la persona que realice la denuncia se identifique con la plena garantía de que la confidencialidad está totalmente garantizada.
Todas las comunicaciones tendrán la máxima confidencialidad y cumplirán con la normativa de protección de datos de carácter personal.
(vi) Por otra parte, todas las comunicaciones externas que quiera realizar algún colaborador, proveedor, cliente o tercero relacionado con Kymos en relación con acciones u omisiones que puedan constituir infracciones se deberán hacer a través del correo electrónico habilitado a tal efecto, que es el siguiente: ethicalcode@kymos.com
(vii) Finalmente, si en alguna ocasión un empleado resulta inculpado en algún procedimiento judicial, deberá informar de este hecho al Compliance Officer y la empresa estudiará si es necesario adoptar alguna prevención o actuación al respecto en el supuesto de que esta inculpación colisionara con los intereses o la reputación de la empresa.
XXIV.- EL COMPLIANCE OFFICER.
El Compliance Officer, es el órgano encargado de supervisar y coordinar con los distintos responsables de cada área la política de vigilancia y control de la compañía.
XXV.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR:
El incumplimiento de la normativa vigente y del Código de Conducta constituirá una infracción cuya graduación y sanción se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable y en los Convenios Colectivos aplicables a la compañía.
XXVI.- REVISIÓN PERIODICA DEL CÓDIGO DE CONDUCTA:
Este Código de Conducta será revisado y actualizado con el fin de incluir modificaciones o mejoras que se consideren convenientes para adaptarlo a cambios legislativos, a cambios en la estructura de la compañía o en su actividad o cuando se identifiquen áreas susceptibles de mejora en general.
- Visite el siguiente enlace: ETHICAL / LEGAL VIOLATIONS NOTIFICATION
- Escriba a: Ethical Code Dpt ( Ronda Can Fatjó 5, Building D, 08290 Cerdanyola del Vallès, Barcelona, Spain. )
- Devolución de llamada: Déjenos su número de contacto en este formulario.
Nadie estará sujeto a represalias por notificar de buena fe sobre una queja o inquietud.
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10. Seguridad
Sus datos serán tratados con un nivel de protección de acuerdo con las regulaciones aplicables en materia de protección de datos personales.
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12. Otra información de interés
KYMOS SL, puede modificar y/o reemplazar en cualquier momento la presente Política. Recomendamos a nuestros usuarios acceder periódicamente a esta Política para mantenerse actualizados. El usuario puede ponerse en contacto con la Compañía a través del servicio de texto interno en la red social o a través de los siguientes datos de contacto: KYMOS SL, Parc Tecnològic del Vallès, Ronda Can Fatjó 5, Edificio D. 08290 Cerdanyola del Vallès. Barcelona. España. E-mail: legal@kymos.com. El usuario también puede consultar otras reglas y Políticas que el titular legal de la red social haya publicado.
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Las marcas, símbolos, signos distintivos y logos de KYMOS S.L. y/o sus filiales incluidos en el sitio web son propiedad de dicha empresa y están debidamente registrados.
Estas CONDICIONES GENERALES DE VENTA se aplican a todas las órdenes emitidas por KYMOS S.L. (en lo sucesivo, KYMOS) y / o sus filiales y aceptadas por el CLIENTE y/o sus filiales (también referidos individualmente como “Parte” o colectivamente como “Partes”), para la compra de los servicios de KYMOS (“los Servicios”), en el marco de uno o diferentes Proyectos. El término “Filial” significa cualquier entidad, individuo, empresa o corporación, que directa o indirectamente, a través de uno o más intermediarios, controle, esté controlada por o esté bajo el control común de cualquiera de las Partes. Cualquier disposición equivalente contenida en cualquier acuerdo válido celebrado entre KYMOS y el CLIENTE, como, entre otros, acuerdos de condidencialidad, el Acuerdo de Servicio Principal (“Master Agreement”), acuerdos técnicos, órdenes de trabajo o presupuestos, prevalecerá frente a estas CONDICIONES GENERALES DE VENTA.
2. Confidencialidad
Durante la vigencia de los Servicios y hasta cinco (5) años después de su finalización, las Partes acuerdan que toda información intercambiada será tratada por sus administradores, empleados o consultores como confidencial y no será divulgada a otras partes, excepto que se trate de : i) información previamente conocida por la otra Parte, ii) información dentro del dominio público, iii) información requerida para ser divulgada por ley, iv) información necesaria para ser revelada a las Autoridades para propósitos regulatorios. Se acepta la divulgación a terceros del nombre y / o logotipo de la otra Parte con el único propósito de mencionarlo como una referencia comercial de negocio si no se encuentra bajo las obligaciones de confidencialidad previstas en esta cláusula.
3. Servicios
KYMOS realizará los Servicios de acuerdo con: i) estas Condiciones Generales y cualquier otro acuerdo firmado entre las Partes, ii) cualquier protocolo aprobado por las Partes; iii) las leyes y regulaciones aplicables, iv) de acuerdo con los requisitos de GLP, GCP y GMP cuando sean acordados entre las Partes, y iv) todos los principios y prácticas científicos aceptados en la comunidad científica.
4. Plazo de los servicios
4.1. Las cotizaciones emitidas por KYMOS se considerarán aceptadas por el CLIENTE una vez que Kymos reciba i) la cotización firmada; ii) carta de aprobación / correo electrónico; iii) orden de trabajo (OT), iv) orden de compra (OC); o iv) muestras para análisis. Si el CLIENTE requiere número de OT/OC a efectos de facturación, KYMOS no iniciará los trabajos hasta que el CLIENTE haya suministrado dicho número.
4.2. Antes del comienzo de los Servicios, el CLIENTE proporcionará a KYMOS toda la información relevante y suficiente disponible sobre el proyecto para permitir que KYMOS realice los Servicios debidamente. El CLIENTE también deberá proporcionar de forma gratuita la cantidad suficiente de muestras, estándares y cualquier otro material específico necesario para realizar los Servicios por parte de KYMOS, incluido la cantidad de las repeticiones, cuando sea necesario. LA titularidad y el riesgo de pérdida de estos materiales permanecerán en el CLIENTE.
4.3. Los servicios deben ser realizados por KYMOS de acuerdo con el pedido correspondiente y cualquier protocolo que pueda haber sido acordado entre las Partes, y deberán realizarse a su debido tiempo. En el caso de que KYMOS tenga conocimiento de que no puede cumplir con los plazos estimados, deberá notificarlo al CLIENTE y deberá hacer todos los esfuerzos posibles para minimizar dicho retraso.
4.4. En el caso de que se requiera repetir la totalidad o parte de los Servicios, KYMOS llevará a cabo tan pronto como sea razonablemente factible a coste exclusivo de KYMOS, siempre que deba repetirse por culpa de KYMOS, y a costa del CLIENTE, si es de otra manera. En caso de que surja una disputa entre las Partes sobre si es culpa de KYMOS, las partes pueden someter la disputa a un laboratorio de pruebas independiente aceptado por ambas Partes. La resolución del laboratorio será definitiva y vinculante, salvo en el caso de error material manifiesto. El coste de tal prueba de laboratorio correrá a cargo de la Parte con cuyos resultados el laboratorio independiente no haya estado de acuerdo.
4.5. El CLIENTE acepta que debido a la naturaleza de los Servicios un resultado positivo y útil no está garantizado y declina presentar reclamaciones, demandas o quejas contra KYMOS a este respecto o solicitar pérdidas, daños y responsabilidades a KYMOS en relación con estos supuestos.
5. Subcontratación
KYMOS no tendrá derecho a subcontratar la totalidad o parte de los Servicios a ningún tercero sin el consentimiento por escrito del CLIENTE, excepto si es una Filial o si está indicado en el Presupuesto o en el pedido del CLIENTE. El uso de algunos equipos propiedad de Universidades, Centros Públicos o Centros Tecnológicos bajo la operación o supervisión directa de los empleados de KYMOS no se considerará subcontratación.
6. Auditoría
El CLIENTE tiene el derecho de auditar las instalaciones de KYMOS una vez al año previo aviso de treinta (30) días hábiles para verificar el cumplimiento de las regulaciones y obligaciones asumidas. Además, KYMOS aceptará cualquier auditoría obligatoria realizada por las Autoridades competentes con respecto a los Servicios contratados por el CLIENTE.
7. Resultados e invenciones
Todos y cada uno de los resultados y/o invenciones, con la excepción de las innovaciones hechas por KYMOS en métodos analíticos, procedimientos o similares, ya sean patentables o no, que surjan o resulten de los servicios prestados, serán y permanecerán propiedad única y exclusiva del CLIENTE.
8. Indemnización
Cualquiera de las Partes indemnizará, defenderá y eximirá a la otra Parte de cualquier responsabilidad legal, pérdida, daño, costes o gastos, incluidos los honorarios razonables de abogados, que resulten de un acto negligente, mala conducta intencionada, omisión o incumplimiento de las disposiciones de estas CONDICIONES GENERALES DE VENTA por tal Parte. Sin embargo, en ningún caso la responsabilidad total de KYMOS derivada de o en conexión con estas CONDICIONES GENERALES DE VENTA excederán tres (3) veces el precio pagado por el CLIENTE por dichos servicios. El CLIENTE deberá indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a KYMOS de cualquier reclamación hecha por un tercero que alegue una infracción, apropiación indebida o uso indebido de patentes, secretos comerciales u otros derechos de propiedad intelectual con respecto a productos, muestras, know-how y procedimientos.
9. Seguro
Durante la vigencia de los Servicios, ambas Partes mantendrán vigentes pólizas de seguro adecuadas que cubran las responsabilidades generales, civiles y profesionales.
10. Precios y condiciones de pago
10.1. El CLIENTE pagará a KYMOS por los Servicios de acuerdo con los precios y términos establecidos en las cotizaciones correspondientes para cada Proyecto. Todos los montantes deberán pagarse dentro de los treinta (30) días y KYMOS puede aplicar los intereses correspondientes a los montantes vencidos sin razones justificadas.
10.2. Si se produce una controversia sobre alguna parte de una factura, el CLIENTE deberá abonar el importe no objeto de controversia sin demora. Ambas Partes se esforzarán de buena fe por conciliar las diferencias o discrepancias en el plazo más breve posible. Cualquier demora por parte del CLIENTE de más de siete (7) días en cumplir con las fechas de pago a KYMOS GROUP devengará un interés de demora equivalente a 8 puntos porcentuales por encima del tipo de interés de referencia del Banco Central Europeo (BCE).
10.3. KYMOS podría revisar los precios si existen razones justificadas y objetivas, incluidas, entre otras, pruebas adicionales no incluidas en la orden de trabajo, nuevos requisitos incluidos en el protocolo o una complejidad creciente del proyecto no prevista en el momento de la oferta. En tales circunstancias, KYMOS proporcionará una revisión de precios al CLIENTE y ambas Partes lo discutirán de buena fe para encontrar un entendimiento. Si no es posible llegar a un acuerdo en un plazo de quince (15) días, cualquiera de las Partes tendrá derecho a rescindir los Servicios, siempre que KYMOS transfiera toda la información necesaria para permitir que el CLIENTE continúe el proyecto en la etapa donde se finalizó y el CLIENTE pagará inmediatamente a KYMOS todos los montantes pendientes relacionados con los Servicios prestados hasta la fecha de terminación que aún no se hayan facturado.
11. Almacenamiento de muestras y archivo
11.1. KYMOS almacenará o hará las gestiones necesarias para que lo almacene cualquier subcontratista autorizado, una vez completados los Servicios, todos los datos, información, resultados y demás documentación relevante relacionada con los Servicios. Al CLIENTE se le puede cobrar cargos por archivo después de la finalización de los Servicios.
11.2. KYMOS almacenará en las condiciones específicas indicadas por el CLIENTE las muestras y estándares recibidos. Al CLIENTE se le cobrarán los servicios de almacenamiento de muestra cuando se indique en la orden de trabajo y se le cobrarán los costes de KYMOS de almacenamiento de muestra por los montantes de muestras no utilizadas o restantes después de la finalización de sus Servicios.
11.3. En cualquier momento, el CLIENTE podrá solicitar que cualquier documento o muestra a KYMOS, a cargo del CLIENTE, i) sea destruido adecuadamente, (ii) sea devuelto prontamente al CLIENTE, a menos que KYMOS deba mantener documentos o muestras para permitirle cumplir con cualquier regulación relevante.
12. Terminación
12.1. Cualquiera de las Partes tendrá derecho a terminar este acuerdo mediante notificación por escrito a la otra Parte en caso de que: i) la otra Parte incumpla cualquiera de las disposiciones relevantes de estas Condiciones Generales o cualquier otro acuerdo entre las Partes y dicho incumplimiento sea material y no sea remediado dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción de un aviso por escrito dado por la Parte no incumplidora que requiera que dicho incumplimiento sea remediado, ii) la otra Parte cesa por cualquier motivo de realizar actividades comerciales o entra en liquidación.
12.2. El CLIENTE tiene el derecho de cancelar cualquier orden de trabajo aprobada en cualquier momento si existe un motivo justificado. En tal caso, KYMOS suspenderá los trabajos en curso dentro de los cinco (5) días hábiles y le cobrará al CLIENTE todos los costos y gastos asumidos y los costos de todos los compromisos económicos con terceros que no pueden cancelarse o que no son reembolsables. Sin embargo, el pago inicial realizado en la confirmación del pedido del trabajo se considerará no reembolsable.
13. Fuerza mayor
Ninguna de las Partes será responsable por demoras, falta de entrega, incumplimiento, pérdida, costes, reclamaciones o incumplimiento en todo o en parte si se ocasiona por huelgas, guerras, disturbios, revolución, terrorismo, embargos, incendios, inundaciones, sequías, accidentes, cierres patronales, interrupción de maquinaria, interrupción del trabajo, prohibición gubernamental u otras causas más allá de la voluntad de cualquier Parte, siempre que la Parte interesada lo notifique con prontitud a la otra Parte y haga todos los esfuerzos razonables para remediar, eliminar o mitigar la causa y los efectos de tales eventos. Si un evento de fuerza mayor impide que una de las Partes cumpla con sus obligaciones por más de 3 meses, la otra Parte tendrá derecho a rescindir este Acuerdo.
14. Obligaciones Continuas
En la terminación de los Servicios por cualquier razón, los derechos, obligaciones y recursos adquiridos por las Partes bajo estas Condiciones Generales no se verán afectados y las disposiciones que deban continuar o entrar en vigor lo harán a pesar de la terminación.
15. Cesión
Excepto para una Filial y previo aviso a la otra Parte, ni KYMOS ni el CLIENTE pueden ceder ningún acuerdo o crédito sin el consentimiento de la otra Parte.
16. No captación
16.1 Ambas Partes acuerdan que durante la vigencia del Contrato y hasta un (1) año después de su finalización, ninguna de las Partes desviará ningún negocio existente de la otra Parte y/o de sus Afiliadas o clientes o proveedores de dicha Parte y/o sus Afiliadas, a cualquier otra persona, entidad o competidor, ni interferirá en la relación entre cualquier cliente, proveedor o empresa de la otra Parte.
16.2 Ambas Partes acuerdan que durante la vigencia del Contrato y hasta un (1) año después de su finalización, ninguna de las Partes atraerá o intentará inducir, directa o indirectamente, a cualquier persona a dejar su empleo con la otra Parte, ni interferirá en las relaciones entre agentes, colaboradores, empleados, consultores o socios de la otra Parte. Sin embargo, no se considerará un incumplimiento de esta cláusula en el caso que un empleado de una de las Partes responda a un anuncio general de la otra Parte.
17. Separabilidad
Si cualquier término o disposición de las Condiciones Generales se considerará inválida o inaplicable, los términos restantes no se verán afectados, ya que serán válidos y exigibles en la mayor medida permitida por la ley.
18. Contratistas independientes
Las partes son contratistas independientes y bajo ninguna circunstancia se considerará que una de las Partes, sus empleados o representantes son agentes, empleados, representantes o socios de empresas conjuntas de la otra Parte. Ninguna de las Partes tendrá derecho a celebrar contratos o compromisos en nombre o representación de la otra en ningún aspecto.
19. Protección de datos
En virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 y LSSICE 34/2002 de 11 de julio, de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico KYMOS incorporará los datos personales del CLIENTE, junto con los obtenidos durante la vigencia de cualquier acuerdo entre las Partes a un fichero creado bajo su responsabilidad, con el fin de llevar a cabo la gestión de esta relación contractual y también para el envío de información comercial por medios electrónicos o postales. Dicho tratamiento responderá a las siguientes finalidades y tendrá como base legal el envío de comunicaciones comerciales y promocionales y la gestión de la relación contractual con EL CLIENTE. En cualquier momento, el CLIENTE como propietario de los datos podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, derecho de oposición y decisiones individuales automatizadas y el derecho a la portabilidad de los datos, en la dirección indicada en la Cláusula 19 anterior. Le recordamos su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en aquellos casos en que considere que existe una violación de las normas de protección de datos aplicables, escribiendo a dicha Agencia C / Jorge Juan, número 6, 28001 – Madrid o a través de la web: https://www.agpd.es
20. Avisos
Cualquier aviso, solicitud, demanda, consentimiento u otra comunicación requerida o permitida se hará por escrito y se entregará efectivamente si se entrega personalmente, se transmite por fax o se envía por correo certificado. La dirección designada para KYMOS S.L. a la atención de la Gerencia General es la siguiente: Parc Tecnològic del Vallès. Ronda Can Fatjó 5, Edificio D. 08290 Cerdanyola del Vallès. Barcelona. España. Correo electrónico legal@kymos.com.
21. Ley aplicable y jurisdicción
Todas las disputas que surjan en relación con estas Condiciones Generales, que no puedan resolverse de manera amistosa, serán dirimidas exclusivamente por los tribunales de Barcelona de conformidad con las leyes de España sin tener efecto los principios de conflicto de leyes de los mismos.
1.1. Estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA se aplican a todas las Órdenes de Compra emitidas por KYMOS S.L. y/o sus Filiales (en lo sucesivo, “KYMOS”) y aceptadas por sus Proveedores (en lo sucesivo, “PROVEEDOR”), (también cada uno de ellos referido individualmente como “Parte” o colectivamente las “Partes”), para la compra de los productos o servicios del PROVEEDOR. (“los Productos”).
1.2. El término “Filial” significa cualquier entidad, individuo, empresa o corporación, que directa o indirectamente, a través de uno o más intermediarios, controle, esté controlada o bajo el control común de cualquiera de las Partes.
2. Aceptación
2.1. La aceptación de estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA por parte del PROVEEDOR implica su renuncia inmediata a sus propias Condiciones generales de venta. Todas los CONDICIONES y especificaciones que el PROVEEDOR pueda insertar en sus cotizaciones, facturas u otros documentos no acordados por escrito entre las Partes y que contradigan estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA se considerarán nulas.
3. Formalización de órdenes de compra
3.1. Solo las Órdenes de Compra emitidas por escrito por KYMOS en su formulario de Orden de Compra (“las Órdenes de Compra”) serán válidas. Una orden de compra verbal sólo será vinculante cuando KYMOS la confirme por escrito. Asimismo, el PROVEEDOR se compromete a aceptar y confirmar por escrito todas las Órdenes de Compra con un documento firmado o una carta de aprobación/correo electrónico. KYMOS no está obligada a adquirir ningún Producto relacionado con una Orden de Compra no aceptada o confirmada por el PROVEEDOR.
4. Envío y entrega. Sanciones por entrega tardía
4.1. Los costes de envío y transporte al lugar de entrega serán pagados por el PROVEEDOR, a menos que se indique lo contrario en la Orden de compra. Cada entrega irá acompañada, mediante el correspondiente aviso o albarán de entrega del PROVEEDOR, indicando el contenido, el precio, el número de Orden y el número de paquetes.
4.2. Todos los riesgos inherentes a la operación hasta la entrega al destino correrán a cargo del PROVEEDOR.
4.3. Los Productos, cuando sea requerido por ley, incorporarán el manual de instrucciones necesario en español, guías técnicas para el uso y manuales de prevención.
4.5. Los Productos deben ser entregados a KYMOS de acuerdo con la Orden de Compra correspondiente y cualquier protocolo que pueda haber sido acordado entre las Partes y deberán entregarse a su debido plazo. Si el PROVEEDOR considera de que no puede cumplir con los plazos estimados, deberá notificarlo a KYMOS y deberá hacer todos los esfuerzos posibles para minimizar dicha demora.
4.6. El incumplimiento de los plazos de entrega por parte del PROVEEDOR obliga automáticamente a este último a pagar una penalización del 1% del valor de la Orden de Compra por cada semana o fracción de retraso, hasta un máximo del 10% de dicho valor.
5. Precios y condiciones de pago
5.1. KYMOS pagará al PROVEEDOR por los Productos de acuerdo con los precios y condiciones establecidos en la Orden de Compra. Los precios indicados en la Orden de compra no estarán sujetos a ninguna revisión a menos que se indique que los precios pueden estar sujetos a revisiones posteriores.
5.2. Todas las cantidades serán pagaderas a sesenta (60) días.
5.3. Si se disputa una parte de una factura, KYMOS pagará la cantidad no disputada sin demora. Ambas Partes harán esfuerzos de buena fe para reconciliar las diferencias o discrepancias en el menor tiempo posible.
6. Garantía del Producto
6.1. El PROVEEDOR debe garantizar que es titular de los Productos a suministrar, que están libres de todo tipo de cargas y gravámenes, y no hay ningún obstáculo que impida su transmisión, uso pacífico y comercialización.
6.2. El PROVEEDOR también garantiza la calidad de los Productos y el cumplimiento de las condiciones técnicas y de otro tipo, así como la ausencia de defectos de cualquier tipo en los materiales utilizados y en su diseño, fabricación y desarrollo.
6.3. A menos que se estipule lo contrario por ley o sea acordado de otra manera, la duración de la garantía será de dos (2) años desde la recepción de los Productos. Durante este período, el PROVEEDOR, a petición de KYMOS, está obligado a reemplazar y/o reparar los Productos defectuosos por su cuenta y riesgo. Una vez que se hayan realizado las reparaciones y/o reemplazos, comenzará un nuevo período de garantía, de la misma duración que el inicial, con respecto a los Productos reemplazados y/o reparados.
6.4. Las reparaciones y/o reemplazos deben hacerse dentro del período especificado por KYMOS. De lo contrario, KYMOS podrá realizar directamente el trabajo necesario o a través de terceros y cargarlo al PROVEEDOR.
7. Subcontratación
El PROVEEDOR no tendrá derecho a subcontratar todos o parte de los servicios a ningún tercero sin el consentimiento por escrito de KYMOS.
8. Indemnización
8.1. El PROVEEDOR deberá indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a KYMOS contra cualquier responsabilidad legal, pérdida, daño, coste o gasto, incluidos honorarios razonables de asesoramiento legal, que sean resultado de un acto negligente, de mala fe deliberada, omisión o incumplimiento de las disposiciones de estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA.
9. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
El PROVEEDOR garantiza que sus procesos de fabricación y Productos no infringen ninguna patente de terceros, secretos comerciales u otros derechos de propiedad intelectual o industrial con respecto a productos, muestras, know-how y procedimientos, siendo responsable, en cualquier caso, de los daños que KYMOS pudiera tener en caso de reclamaciones de terceros.
10. Seguro
Durante la vigencia de los servicios, ambas Partes mantendrán vigentes pólizas de seguro adecuadas que cubran sus responsabilidades generales, civiles y profesionales.
11. Depósito de material
Los modelos, herramientas, muestras, dispositivos de fabricación, planos, planos, diseños, formatos y otros elementos similares, así como materiales o productos propiedad de KYMOS que se hayan puesto a disposición del PROVEEDOR para el cumplimiento de la Orden de Compra, serán entendido como un depósito y deben permanecer como propiedad exclusiva de KYMOS. No deben ser utilizados o transferidos a terceros y el PROVEEDOR los utilizará con el propósito exclusivo de la ejecución de la Orden de Compra y los devolverá a KYMOS inmediatamente después de que se haya completado y entregado la Orden de Compra.
12. Código de conducta del PROVEEDOR
12.1 El PROVEEDOR está obligado a cumplir estrictamente con la legislación vigente. Específicamente, no cometerá ningún acto directo o indirecto de soborno o corrupción y cumplirá fielmente con toda la legislación ambiental y con las obligaciones impuestas por las leyes fiscales, laborales y de Seguridad Social a los empleadores en relación con todos sus empleados.
12.2. El incumplimiento de las obligaciones legales anteriores dará derecho a KYMOS a rescindir unilateral e inmediatamente cualquier contrato u Orden de Compra acordado con el PROVEEDOR.
13. Resolución
En el caso de que (i) el PROVEEDOR no cumpla con ninguna de sus obligaciones contractuales o incumpla alguna de las disposiciones de estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA o cualquier otro acuerdo entre las Partes y dicho incumplimiento sea material y no se subsane dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de un aviso por escrito de la Parte no incumplidora que requiera que se repare dicho incumplimiento, o (ii) el PROVEEDOR cese por cualquier motivo en su negocio o entre en liquidación, KYMOS podrá suspender total o parcialmente la Orden de Compra. mediante notificación por escrito al PROVEEDOR y llevando a cabo el pago de los Productos o servicios proporcionados correctamente hasta la fecha. El PROVEEDOR no tendrá derecho al pago de ninguna otra suma como compensación.
14. Fuerza mayor
Ninguna de las Partes será responsable por demoras, falta de entrega, incumplimiento, pérdida, costes, reclamaciones o incumplimiento en todo o en parte si se ocasiona por huelgas, guerras, disturbios, revolución, terrorismo, embargos, incendios, inundaciones, sequías, accidentes, cierres patronales, interrupción de maquinaria, interrupción del trabajo, prohibición gubernamental u otras causas más allá del control de cualquiera de las Parte, siempre que la Parte interesada lo notifique con prontitud a la otra Parte y haga todos los esfuerzos razonables para remediar, eliminar o mitigar la causa y los efectos de tales eventos. Si un evento de fuerza mayor impide que una de las Partes cumpla con sus obligaciones por más de 3 meses, la otra Parte tendrá derecho a rescindir cualquier acuerdo vigente entre las mismas.
15. Continuidad en las Obligaciones
En la terminación de los servicios por cualquier motivo, los derechos, obligaciones y recursos acumulados por las Partes en virtud de estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA no se verán afectados y las disposiciones que están destinadas a continuar o entrar en vigor lo harán a pesar de dicha terminación.
16. Cesión
Excepto en el caso de una Filial y previa notificación a la otra Parte, ni KYMOS ni el PROVEEDOR pueden ceder ningún acuerdo o crédito sin el consentimiento de la otra Parte.
17. Separabilidad
Si cualquier término o disposición de las CONDICIONES GENERALES DE COMPRA se considerara inválida o inaplicable, los CONDICIONES restantes no se verán afectadas y serán válidas y exigibles de pleno derecho según lo permita la ley.
18. Contratistas independientes
Las Partes son contratistas independientes y bajo ninguna circunstancia se considerará que ninguna de las Partes, sus empleados o representantes son agentes, empleados o representantes de la otra Parte o socios de empresas conjuntas. Ninguna de las Partes tendrá derecho a celebrar contratos o compromisos en nombre o representación de la otra en ningún aspecto.
19. Protección de datos
Conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 del 27 de abril de 2016 y la LSSICE 34/2002 de 11 de julio de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, KYMOS incorporará los datos personales del PROVEEDOR obtenidos del mismo junto con los obtenidos mientras exista un acuerdo en vigor entre las Partes a un archivo creado bajo su responsabilidad para gestionar esta relación contractual y también para el envío de información comercial por medios electrónicos o postales, Dicho tratamiento responderá a esas finalidades y tendrá como base legal la gestión de la relación contractual con el PROVEEDOR. En cualquier momento, el PROVEEDOR, como propietario de los datos puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición, portabilidad y a no ser objeto de una decisión individualizada automatizada escribiendo a la dirección indicada en la Cláusula 20. Le recordamos su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en aquellos casos en que considere que existe una violación de las normas de protección de datos aplicables, escribiendo a dicha Agencia a C / Jorge Juan, número 6, 28001 – Madrid o bien a través de la web: https://www.agpd.es
20. Avisos
Cualquier aviso, solicitud, demanda, consentimiento u otra comunicación requerida o permitida se hará por escrito y se considerará entregada efectivamente si se entrega personalmente, se transmite por fax o se envía por correo certificado. La dirección designada para KYMOS S.L. a la atención de la Gerencia General es la siguiente: Parc Tecnològic del Vallès. Ronda Can Fatjó 5, Edificio D. 08290 Cerdanyola del Vallès. Barcelona. España. E-mail legal@kymos.com. Fax +34 931702999.
21. Legislación aplicable y jurisdicción
Todas las disputas que surjan en relación con estas CONDICIONES GENERALES DE COMPRA, que no pueden resolverse de manera amistosa, serán dirimidas exclusivamente por los tribunales de Barcelona de conformidad con las leyes de España sin dar efecto a los principios de conflicto de leyes que pudieran corresponder.